Anticipos Salariales

La Ley permite hacer anticipos salariales, es decir, hacer pagos por adelantado que tienen la característica que estos no se descuentan al salario si no que se suman al salario.

Por ejemplo una persona que gana $1.000.000 y pide un anticipo por $500.000 para ser cubierto en cuotas por 100.000 pesos mensuales, tendrá un recibo que dice:

Salario:                      $ 900.000 pesos

Anticipo recibido:        $ 100.000 pesos

Total devengado:        $ 1.000.000 pesos

Como puede verse en este caso no se resta, no se deduce, no se retiene; simplemente se paga con anterioridad, en cuyo caso basta con que el trabajador suscriba un recibo que diga lo siguiente:

Yo ——— declaro haber recibido un anticipo salarial de $——- el cual deberá abonarse en cuotas ——- mensuales o quincenales —— de $———.

Autorizo a la empresa para en caso de terminación del contrato, por cualquiera que sea su causa, o suspensión del mismo o licencias de cualquier naturaleza a cubrir con la suma anticipada las obligaciones dinerarias que me llegasen a corresponder.

 

En constancia firma.

 

NOMBRE TRABAJADOR

 

 

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