Jornada laboral: Contratación de más personal por imposibilidad de seguir con turnos de 12 horas diarios

CASO CONCRETO

Lunes a Viernes de 6:00 am a 6:00 pm trabajando 3 horas extras diarias y el sábado de 8:00 am a 5:00 pm por alta producción, los domingos ya no se laboran y quisiéramos conocer puntualmente que implicaciones o problemas nos puede ocasionar para futuras cancelaciones de contratos.

Deben reducir ese horario pues supera en gran medida la jornada máxima legal.

La ley colombiana establece que una persona puede trabajar 8 horas diarias y 48 horas semanales. Si se paga el trabajo suplementario y se tiene permiso para ello del Ministerio del Trabajo, puede trabajarse hasta 2 horas extras diarias y 12 semanales, para un total de 10 horas diarias y 60 horas semanales.

En el caso que nos plantean, ustedes están trabajando:

  • 12 horas diarias de lunes a viernes (excede en 2 el máximo legal).
  • 69 horas semanales (excede en 9 el máximo legal).

Por tanto, incluso si están pagando el valor del trabajo suplementario, la jornada laboral supera lo permitido por la ley y no pueden seguir manejándola pues puede ocasionarles gravosas sanciones pecuniarias por parte del Ministerio del Trabajo de hasta 5000 salarios mínimos.

Adicionalmente están exponiendo a los trabajadores a un grave riesgo ocupacional y en caso de cualquier enfermedad o accidente va a ser muy fácil probar la responsabilidad de la empresa con solo exponer el horario laboral, lo cual los haría pagar condenas altísimas por concepto de culpa patronal.

Recomendamos que se contrate a más trabajadores de tal forma que ninguno labore más 8 horas diarias y 48 semanales. De esta manera se ahorran el costo de las horas extras que actualmente están pagando y, además, evitan todos los graves riesgos que su actual horario implica.

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