Si es legal esa modalidad de pago.
El valor lo definen con la contadora de la empresa y teniendo como base un histórico de lo que puede producir un empleado de acuerdo con la tarea que deba cumplir diariamente.
Lo cierto es que si con el pago a destajo el empleado que labora en la empresa las 8 horas diarias y 48 semanales no alcanza a hacer el salario mínimo la empresa debe ajustarle el ingreso al mínimo.
Si por el contrario el trabajador hace más del salario mínimo todo el monto es salarial y por lo tanto la totalidad de lo ganado debe tenerse en cuenta para liquidar derechos laborales y aportes al sistema de la seguridad social integral.