Dotación: ¿Puede el empleador solicitar la reposición de las prendas?

No es posible solicitarle a los trabajadores la reposición de las prendas de la dotación; si bien no existe una norma expresa que determine la prohibición de solicitar la devolución de la dotación, el Ministerio del Trabajo en concepto 345128 del 2009 se refirió al tema diciendo que no era posible solicitar la devolución de la dotación a los trabajadores por cuanto cuando se entrega la dotación esta pasa ser propiedad de los trabajadores, al respecto se dijo lo siguiente:

“(…) se ha considerado que desde el momento en que los zapatos y vestidos de labor son entregados, éstos pasan a ser propiedad del trabajador, aún en el evento de ser despedido al día siguiente de haberlos recibido.

De manera que y bajo el entendido de que la dotación ingresa al patrimonio del trabajador en el momento en que le son suministrados, interpreta la Oficina que el empleador no está facultado para exigir su devolución, así corno tampoco está en la posibilidad para pretender el pago de las dotaciones no devueltas.” (Negrillas nuestras)

Es importante advertir que si el trabajador no realiza la reposición de las prendas no pueden iniciar ustedes ninguna acción en su reclamación, descuento o deducción de los salarios percibidos por los trabajadores.

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