Cuota de aprendices SENA: Puede la empresa contratar como aprendiz a un trabajador de la empresa

Tengo un empleado vinculado mediante contrato laboral que además estudia en el SENA y quiere realizar las prácticas en mi empresa, ¿puede hacerlo?

La ley 789 de 2002 prohíbe la vinculación mediante contrato de aprendizaje de una empresa con una persona que hubiera estado o esté vinculada laboralmente a la empresa.

Esta prohibición de contratar a los aprendices que ya están vinculados laboralmente significa que no puede vincularlos mediante contrato de aprendizaje, pues se desmejorarían sus condiciones dentro de la empresa.

Sin embargo, usted tiene la facultad de permitir a ese empleado realizar esta etapa de su formación si lo vinculan mediante contrato laboral o si continúa vinculado, en caso de ya estarlo, con el único requisito de acreditar que las funciones que el empleado cumple en el cargo son concordantes con lo estudiado por él en el SENA.

A todos los estudiantes del SENA se les instruye en este aspecto al iniciar su formación, por lo que pueden despejar cualquier duda con el empleado o pedirle que lo consulte con su líder de programa.

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