A quién contratar para teletrabajo

Sobre el contrato de teletrabajo que adjuntamos en la Consulta debemos hacer las siguientes precisiones:

  • Si el contrato de teletrabajo se va a firmar con un trabajador que ya labora en la empresa prestando sus servicios en las instalaciones de esta y se desean modificar sus condiciones para que este sea un “teletrabajador”, debe firmarse un “acuerdo de teletrabajo” que debe anexarse al contrato de trabajo firmando originalmente.

Sobre este punto deben saber que si se modifican las condiciones del trabajador para que este se convierta en “teletrabajador” este puede unilateralmente manifestarles que ya no desea seguir prestando los servicios en su domicilio sino en la empresa y  ustedes no pueden negarse a esa solicitud, de acuerdo con lo manifestado por la ley 1221 de 2008, art 6:

“10. La vinculación a través del teletrabajo es voluntaria, tanto para el empleador como para el trabajador. Los trabajadores que actualmente realicen su trabajo en las instalaciones del empleador, y pasen a serteletrabajadores, conservan el derecho de solicitar en cualquier momento, volver a la actividad laboral convencional.

 

  • Si el contrato de teletrabajo se va a firmar con una persona que hasta ahora se va a vincular a la empresa en este caso debe firmarse un “Contrato de teletrabajo” que se adjunta a la respuesta a la consulta, en este caso si la persona se vincula inicialmente como “teletrabajador” no hay lugar a que este después solicite unilateralmente regresar a su condición de trabajador convencional de la empresa, este cambio sí necesita el asentimiento del empleador.

ADJUNTOS

31.1ACUERDO DE TELETRABAJO (para cuando ya trabajaba en la empresa)

31.2ACUERDO DE TELETRABAJO (1) (para cuando es un nuevo trabajador)

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